

El requerimiento acusatorio presentado por la Fiscalía Superior Especializada atribuye al magistrado César Pecho Peche delitos de cohecho pasivo específico y omisión de denuncia tras reuniones clandestinas con investigados.
La Segunda Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Áncash, a cargo de Alex Edgardo Huamán Jaimes, formalizó el requerimiento acusatorio reformulado contra el fiscal adjunto provincial César Armando Pecho Peche, solicitando una pena de 19 años y 3 meses de prisión efectiva. La pretensión punitiva se sustenta en una grave acusación por presuntos actos de corrupción cometidos en el ejercicio de sus funciones como magistrado a cargo de una compleja investigación penal en la ciudad de Huaraz.
De acuerdo con la investigación liderada por el Ministerio Público, los hechos se remontan a enero del año 2018, cuando el magistrado imputado mantenía a su cargo la Carpeta Fiscal N° 623-2015, tramitada contra diversos ciudadanos por presunta asociación ilícita y falsificación de documentos. En dicho contexto, la representación fiscal sostiene que Pecho Peche sostuvo un encuentro clandestino en un inmueble privado del distrito de Independencia con dos de los principales investigados en dicho proceso.
El primer hecho atribuido al magistrado corresponde al delito de cohecho pasivo específico en la modalidad de recibir. La acusación detalla que el fiscal aceptó un almuerzo servido personalmente por uno de los procesados a cambio de otorgar facilidades procesales, comprometiéndose a no solicitar prisión preventiva contra los miembros de su familia y proyectando el archivo de parte de los cargos por falsificación.
Asimismo, la Fiscalía Anticorrupción le imputa un segundo acto de cohecho en la modalidad de solicitar, al determinarse que el imputado requirió de manera directa la suma de quinientos soles al investigado, bajo el pretexto de necesitar el dinero para la reparación de su vehículo particular, ofreciendo como contraprestación la elaboración de escritos judiciales a través de abogados externos para direccionar la causa.
En conjunto con los 19 años y 3 meses de pena privativa de la libertad efectiva, el Ministerio Público solicitó una sanción idéntica de inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier función o cargo público, además del pago de 57,916.67 soles por concepto de días multa y el pago de la reparación civil fijada para el Estado.
El tercer extremo de la acusación abarca el delito de omisión de denuncia. El órgano acusador señala que el fiscal tomó conocimiento directo de peritajes grafotécnicos oficiales que acreditaban la falsificación de firmas y sellos de una profesional en planos y memorias descriptivas incorporadas al expediente. Sin embargo, en lugar de remitir las copias pertinentes para aperturar una nueva investigación penal por este delito de acción pública, omitió dolosamente poner el hecho en conocimiento de la fiscalía de turno.
La pretensión punitiva total formulada por el representante del Ministerio Público es el resultado de la aplicación técnica de las reglas del concurso real de delitos. Tras efectuar el cálculo de las penas concretas correspondientes a cada hecho independiente —ocho años y siete meses por el primer cohecho, diez años y quince días por el segundo, y siete meses por la omisión de denuncia— la suma acumulada alcanza el quantum definitivo exigido ante la Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Áncash, donde se llevará a cabo el juzgamiento correspondiente. Hugo Gonzales Henostroza.
