El Jurado Electoral Especial (JEE) de Huaraz inició formalmente la fase de evaluación y calificación de las fórmulas y listas de candidatos presentadas para las próximas Elecciones Regionales y Municipales. Esto luego de que el plazo de inscripción cerrara oficialmente el pasado viernes a las 23:59:59 horas, tanto en la plataforma digital Declara Interno como a través de la mesa de partes física.
El secretario del JEE Huaraz, Sergio Bobadilla Neyra, brindó el balance oficial del número de agrupaciones políticas en carrera que se encuentran en proceso de fiscalización en su jurisdicción:
- Gobierno Regional de Áncash: Se han registrado 14 listas de candidatos que buscan llegar a la gobernación.
- Provincia de Huaraz: Se presentaron 23 listas para competir por el sillón de la Municipalidad Provincial.
- Distrito de Independencia: La postulación para la alcaldía distrital fluctúa entre 7 y 8 listas ingresadas al sistema.
Evaluación estricta de requisitos e impedimentos
Bobadilla Neyra enfatizó que todos los expedientes se encuentran en una etapa rigurosa de calificación legal para determinar si son admitidos o declarados inadmisibles o improcedentes, conforme al reglamento emitido por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Respecto a la controversia por la presencia de alcaldes en funciones que integran las actuales listas de candidatos —ya sea postulando a un cargo distinto, como la gobernación o una alcaldía provincial, o presentándose en el cuerpo de regidores como tenientes alcaldes—, el funcionario aclaró el marco legal aplicable.
«La ley les faculta mientras cumplan los requisitos y hayan presentado, en su oportunidad, la renuncia respectiva o la licencia, según sea el caso que establece el reglamento. Mientras no haya un impedimento legal y cumplan con los requisitos, ellos pueden ejercer su derecho a postular», precisó el secretario del JEE Huaraz.
Precisiones sobre renuncias y licencias para autoridades en ejercicio
El secretario del ente electoral del ámbito de Huaraz recordó que las exigencias varían de acuerdo a la naturaleza del cargo que ostenta el ciudadano y la postulación a la que aspira:
- Renuncia expresa: Para el caso específico de alcaldes distritales en ejercicio que pretenden postular a una alcaldía provincial o al Gobierno Regional, la normativa exige una renuncia expresa dentro de los plazos perentorios establecidos por ley.
- Diferenciación de plazos: Bobadilla recalcó que el jurado evalúa minuciosamente la concordancia entre la fecha en que se presentó la solicitud de inscripción de la lista y el momento exacto en que la entidad municipal hace efectiva la renuncia o licencia de la autoridad.
- Consulta pública: Exhortó a los personeros legales y a la ciudadanía en general a descargar el reglamento detallado desde el portal web oficial del JNE para revisar las excepciones y directrices específicas aplicables a cada funcionario o servidor público.
