
El Poder Ejecutivo aprobó hoy el reglamento de la Ley N° 31756, que promueve la donación de órganos y tejidos humanos para trasplante con fines terapéuticos, mediante el Decreto Supremo N° 009-2025-SA.
La donación de órganos y tejidos es un gesto de generosidad que salva vidas, al ofrecer una segunda oportunidad a aquellos que luchan por sobrevivir, resaltó el Ministerio de Salud (Minsa).
El portafolio recordó que la Ley N° 31756 establece la presunción de donación universal, la cual señala: “la autorización para la extracción de órganos o tejidos de donantes cadavéricos se presume, salvo declaración contraria a través del DNI”.

Es decir, explicó, todo peruano mayor de edad puede ser donante. Sin embargo, no es obligatorio, sino voluntario y altruista, pues en caso, una persona no desee ser donante podrá expresarlo en su Documento Nacional de Identidad (DNI), aclaró.
El Minsa indicó que esta norma se espera aumentar la disponibilidad de órganos y tejidos para trasplantes. De esta forma, se logrará reducir las listas de espera que actualmente registra cerca de 7,000 pacientes, reveló.
Esta decisión profundamente humana ha logrado que, en el 2024, más de 930 personas sean beneficiadas con un trasplante de órgano o tejido, ya que un donante puede salvar o mejorar la calidad de vida de más de 10 personas.
El proceso de donación, detalló, se efectuará en establecimientos de salud que cuenten con su Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) y servicio de emergencia a escala nacional.
Comenzará con la detección o notificación de un potencial donante (persona fallecida a quien se le ha diagnosticado muerte cerebral), quien será evaluado para determinar que no sufra alguna enfermedad o condición que contraindique la donación.
Luego de realizar esta evaluación, se consultará en el DNI la decisión expresada en vida. En el caso de los menores de edad, solo los padres o el representante legal podrán autorizar la donación, enfatiza.
Después, se comunicará a los familiares directos (en el siguiente orden: cónyuge, hijos mayores de edad, padres y hermanos) sobre la voluntad del fallecido y se procederá a la firma del documento correspondiente para continuar con la extracción de los órganos y tejidos donados.
El Minsa refirió que las personas que deseen modificar su condición de donantes de órganos y tejidos de manera afirmativa lo pueden hacer gratuitamente en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) de acuerdo con la Ley N° 32237.
Para donar órganos o tejidos, la persona deberá haber fallecido en la condición de muerte cerebral y pasar por una evaluación médica para descartar enfermedades infecciosas, cáncer u otras condiciones que no permitan la donación.
El portafolio detalló que los principales órganos o tejidos que se pueden trasplantar son riñón, hígado, corazón, pulmón y páncreas; así como córneas, huesos, piel, tendones, válvulas cardíacas.