El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada la medida cautelar solicitada por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y suspendió los fallos judiciales que obligaban a inscribir al partido Unidad Popular, del exjuez supremo Duberlí Rodríguez. Con esta decisión, la agrupación no podrá participar en las elecciones generales de 2026, pese a las sentencias emitidas por el Poder Judicial que le daban la razón.
El fallo ordena detener los efectos de seis resoluciones judiciales dictadas entre julio y septiembre de este año. Estas resoluciones reconocían la inscripción provisional y definitiva de Unidad Popular y sancionaban al JNE por desacatar órdenes judiciales. La medida del TC estará vigente hasta que se emita la sentencia final del proceso competencial.

La decisión fue aprobada por mayoría del Pleno del TC, con los votos en contra de los magistrados Gutiérrez Ticse y Monteagudo Valdez, quienes advirtieron que el tribunal no debía interferir en procesos judiciales aún en trámite. La medida regirá hasta que el TC emita su sentencia final, lo que mantiene en suspenso la participación electoral de Unidad Popular.
Tribunal Constitucional alega que el Poder Judicial alteró el cronograma electoral
En su resolución, el Tribunal Constitucional argumenta que las decisiones del Poder Judicial “desbordaron sus competencias” al ordenar la inscripción de Unidad Popular después del cierre del registro electoral. Según el TC, el cronograma aprobado por el JNE —que fijó el 12 de abril de 2025 como fecha límite para la inscripción de partidos— es “intangible” y no puede ser modificado por ninguna instancia judicial.
El fallo recuerda que, conforme al precedente vinculante del caso Lizana Puelles, ningún proceso de amparo puede suspender o alterar el calendario electoral. “Toda afectación de derechos fundamentales devendrá en irreparable cada vez que precluya una etapa del proceso electoral”, señala el TC. Bajo ese criterio, el tribunal concluye que el JNE actuó dentro de su competencia constitucional.
El colegiado también advierte que las resoluciones judiciales cuestionadas “podrían comprometer la legitimidad de las elecciones generales de 2026” y generar un “daño irreversible” al principio de seguridad jurídica. Por ello, ordena suspender toda decisión judicial que permita la inscripción de Unidad Popular o de cualquier otra agrupación fuera de los plazos establecidos.
