La responsabilidad directa es de las municipalidades hacerlas cumplir

Jr. Italia – Barrio José Olaya – Distrito Huaraz- Provincia Huaraz – Departamento Áncash.
Las imágenes que comparto es solo una muestra de como las empresas de telefonía, cable y energía eléctrica dejan a voluntad cables en desuso, amontonados, colgando, dejando una horrible contaminación visual y riesgo en toda la ciudad de HUARAZ y otras.
Existe la Ley N° 31595 en Perú que promueve el retiro de cableado aéreo en desuso o en mal estado en las zonas urbanas del país para reducir la contaminación visual y el riesgo. Su reglamento fue aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2024-MTC.
- Plazo para el Retiro
Las empresas concesionarias de servicios de electricidad y de telecomunicaciones, así como los proveedores de infraestructura pasiva, tienen un plazo de 24 meses para el retiro del cableado aéreo en mal estado y en desuso en las áreas urbanas a nivel nacional, contado desde la entrada en vigencia del reglamento. Si no cumplen con este plazo, las empresas pueden ser sancionadas con multas elevadas (entre 5 y 20 UIT) por la OEFA.
2. ¿Quién debe intervenir y poner orden?
La responsabilidad de poner orden recae en varias entidades y empresas:
Empresas Concesionarias (Telefonía/Electricidad) y Proveedores de Infraestructura: Son los obligados a retirar los cables inservibles o en mal estado y deben presentar un «Plan de Calles» a las municipalidades.
Municipalidades Distritales y Provinciales: Son las encargadas de la supervisión y fiscalización de la ejecución del retiro de cableado según el Plan de Calles. También pueden establecer normativas complementarias a nivel local.
No muestran interés.
Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) y Ministerio de Energía y Minas (MINEM): Son los encargados de la reglamentación y actualización de las normas técnicas.
Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA): Es el ente que aplica las sanciones por el incumplimiento del plazo de retiro, al considerarse una infracción ambiental grave. No se le ve en mucha actividad.
OSIPTEL y OSINERGMIN: Supervisan la prestación de servicios, pero la fiscalización del retiro de los postes y cableado está primariamente a cargo de las municipalidades teniendo un plazo de 24 meses.
El reglamento de la ley fue aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2024-MTC y se publicó el 12 de marzo de 2024.
Contando los 24 meses a partir de la entrada en vigencia del reglamento, la fecha límite para que las empresas ejecuten por completo el plan de retiro a nivel nacional es, aproximadamente, el 14 de marzo de 2026.
Luis Rouillon M.
