El expresidente de la República, Martín Vizcarra Cornejo, fue trasladado al penal de Barbadillo tras recibir una condena de 14 años de prisión efectiva por el delito de cohecho pasivo propio, en el marco de los casos Lomas de Ilo y Hospital Regional de Moquegua, según informó Canal N.
División de la condena
La pena impuesta al exmandatario se distribuye del siguiente modo:
- 8 años de prisión por el caso Hospital de Moquegua.
- 6 años de prisión por el caso Lomas de Ilo.
La suma total alcanza los 14 años de prisión efectiva, que Vizcarra deberá cumplir en el centro penitenciario donde también están recluidos otros expresidentes procesados por corrupción.
Juzgado: “Vizcarra cometió actos ilícitos aprovechando su cargo”
Durante la lectura de sentencia, la jueza Fernanda Ayasta afirmó que el colegiado determinó que Vizcarra incurrió en actos ilícitos mientras era presidente regional de Moquegua, afectando la transparencia de los procesos de contratación pública.
“Este colegiado advierte que Martín Vizcarra cometió actos ilícitos aprovechando su cargo como presidente regional de Moquegua, condicionando a los postores para otorgarles la buena pro a cambio de dinero”, señaló.
Asimismo, la magistrada resaltó que:
“Se ha logrado acreditar con grado de certeza la responsabilidad penal de Martín Vizcarra en la comisión del delito imputado, por lo que debe ser pasible de una sanción penal”.
Pago del 2% y entregas ilícitas acreditadas
El tribunal consideró coherente, creíble y corroborada la declaración del colaborador eficaz Elard Paul Tejeda Moscoso, directivo vinculado a la empresa Obrainsa.
Según la sentencia:
“Esta judicatura considera que el acusado Martín Vizcarra Cornejo sí solicitó el pago del 2% del monto de 80.9 millones de soles por la adquisición del proyecto Lomas de Ilo”.
Los pagos habrían sido entregados en varios tramos:
- S/ 400,000 por el supuesto alquiler de una avioneta.
- S/ 600,000 como segundo desembolso.
Estas entregas formaron parte de la ventaja económica ilícita exigida por el entonces gobernador regional.
Obras involucradas y criterios para determinar la pena
Los hechos investigados están relacionados con dos obras ejecutadas durante la gestión regional de Vizcarra:
- Proyecto Lomas de Ilo
- Hospital Regional de Moquegua
La jueza indicó que solo se aplicó una atenuante mínima, correspondiente a la ausencia de antecedentes penales del exmandatario. Por ello, la pena se estableció en el tercio inferior del marco legal previsto para este delito.
Acreditación del delito de cohecho pasivo propio
El colegiado explicó que el cohecho pasivo propio se configura cuando un funcionario condiciona el ejercicio de sus funciones a la entrega o promesa de una ventaja indebida, sin que sea necesario que el pago se concrete totalmente.
En este caso, el tribunal concluyó que Vizcarra condicionó decisiones en ambos procesos de contratación para obtener beneficios económicos, cumpliéndose los elementos del tipo penal.
