El Jurado Nacional de Elecciones ha resuelto declarar infundado el recurso de apelación que interpuso César Acuña, exgobernador de La Libertad, confirmando que cometió una infracción al principio de neutralidad estatal.
Esto debido a su participación en un mitin político de Alianza para el Progreso el pasado 20 de setiembre en Huancayo. El caso se originó a partir de una resolución previa del Jurado Electoral Especial de Huancayo, que identificó actos de propaganda electoral y favorecimiento a su partido.
Acuña en su defensa señaló que actuó como ciudadano y no como gobernador, aduciendo que el apoyo mostrado por los asistentes fue espontáneo, sin embargo, el JNE desestimó estos argumentos.
Así pues, el JNE confirmó la infracción al principio de neutralidad estatal cometida por Acuña, determinando además que sus declaraciones y acciones durante el mitin constituyeron propaganda electoral y que la alusión indirecta a su cargo cumplía con las condiciones para configurar la falta.
Esta resolución además establece un criterio obligatorio para futuros casos similares. Según Acuña, esta sanción vulnera principios como la legalidad y la proporcionalidad.
El Jurado Nacional de Elecciones determinó que la infracción por pertenecer a un comité político no se configura por la sola afiliación, sino por actos concretos que favorezcan electoralmente.
