
El Jurado Electoral Especial Lima Centro 2 rechazó los recursos del partido de Roberto Sánchez por ser extemporáneos y no haber pagado las tasas electorales.
El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2 declaró improcedentes los pedidos de nulidad total y parcial de los votos emitidos en el extranjero durante la segunda vuelta presidencial, que habían sido presentados por el partido Juntos por el Perú, que lidera Roberto Sánchez.
El tribunal electoral fundamentó sus decisiones en que los recursos fueron interpuestos fuera del plazo legal de tres días calendario posteriores a la elección del 7 de junio y omitieron el pago de la tasa electoral obligatoria.
Estas resoluciones, emitidas en primera instancia, desestiman los cuestionamientos sobre las votaciones realizadas en 119 oficinas consulares alrededor del mundo.
Una de las resoluciones (09641-2026-JEE-LIC2/JNE) analizó el pedido de nulidad total de las mesas de sufragio en el exterior presentado por el personero legal de Juntos por el Perú, Carlos Adeval Zafra Flores, quien alegó vicios insubsanables y un supuesto fraude electoral.
El tribunal advirtió que el recurso fue ingresado el 22 de junio, doce días después del vencimiento del plazo legal, y sin adjuntar el comprobante de pago de la tasa correspondiente.
Además de la extemporaneidad, el órgano electoral enfatizó que el incumplimiento del pago de la tasa electoral es una falta insubsanable según la normativa vigente.
Al no cumplirse con estos requisitos formales, el pedido de nulidad que abarcaba mesas en África, América, Asia, Europa y Oceanía fue rechazado de plano.
Rechazo al pedido de nulidad parcial e investigación
Un segundo recurso presentado por la ciudadana Flor Paquita Cubas Acuña el 17 de junio, también fue declarado improcedente por el tribunal.
Cubas Acuña, quien se identificó como coordinadora de peruanos en el exterior, solicitó investigar incidencias en mesas de Estados Unidos, Francia y España, además de pedir la nulidad parcial de las mismas.
