La medida modifica el Código Penal e incorpora el artículo 125-A, que sanciona con penas de hasta seis años de cárcel a quienes contaminen los cauces naturales.
La nueva norma establece que toda persona que arroje residuos sólidos en el cauce, lecho, ribera o faja marginal de un río o quebrada y exponga a otros a peligro de muerte o daño grave a la salud será sancionada con penas de entre dos y cuatro años de prisión.
La condena se eleva a entre cuatro y seis años si el infractor utiliza camiones u otra maquinaria pesada para depositar los desechos, o si se causa daño a obras de infraestructura pública.
La ley lleva las firmas del primer vicepresidente encargado de la Presidencia del Congreso, Fernando Rospigliosi Capurro, y del segundo vicepresidente, Waldemar Cerrón Rojas.
Tras la publicación de la norma, el jefe de la Autoridad Nacional del Agua (ANA), José Musayón Ayala, señaló que esta modificación otorga una herramienta “más sólida” para proteger los ríos, al pasar de sanciones administrativas a un régimen penal que permite castigar de manera directa las prácticas que afectan los cauces.
Explicó que, hasta ahora, las intervenciones se limitaban a la imposición de multas que no lograban frenar la descarga de residuos.
La ley entra en vigencia en un contexto en el que diversos ríos del país, entre ellos el Santa en Áncash, registran contaminación por residuos sólidos y materiales de construcción arrojados de manera informal, lo que incrementa riesgos para el medioambiente y la salud pública.
