El Ejecutivo promulgó el decreto supremo para reforzar la seguridad y optimizar las acciones de control durante el estado de emergencia en Lima y Callao por 30 días. La norma introduce cambios en la coordinación de las fuerzas de seguridad, el control penitenciario y la fiscalización de mercados ilegales.
El Gobierno publicó esta noche el decreto supremo que actualiza las medidas del estado de emergencia en Lima y Callao para hacer frente a la crisis de inseguridad ciudadana que vive el país.
– Se declara en Sesión Permanente en tanto dure la declaratoria del estado de emergencia al Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC), al Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC) de Lima Metropolitana y al Comité Provincial de Seguridad Ciudadana (COPROSEC) de la Provincia Constitucional del Callao, al Consejo Nacional de Política Criminal (CONAPOC), así como al Comando y los Comités constituidos en el presente Decreto Supremo.
Se conforman el Comando y los Comités con los titulares de cada entidad, cuya participación es indelegable, dentro de las 24 horas de entrada en vigencia del presente Decreto Supremo; la información y acuerdos adoptados en los comités sobre patrullajes, operativos y otros de sus competencias, relacionados a hacer frente a la criminalidad y otras situaciones de violencia, se clasifican mediante la presente norma como información de carácter reservado, de ser el caso, conforme a la Ley Nº 27806.
Control penitenciario y telecomunicaciones ilícitas:
– Una visita semanal para los internos del régimen cerrado ordinario.
– Una visita quincenal para los internos del régimen cerrado especial.
Solo podrán recibir visitas de sus familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.
– Apagón eléctrico en las celdas, permitiendo únicamente la iluminación.
– Desmontaje y destrucción de antenas de telecomunicación ilícitas, encargando la vigilancia y el sostenimiento a las fuerzas integradas en el perímetro de los establecimientos penitenciarios.
– Operativos permanentes de incautación de tarjetas SIM (chips) telefónicos, teléfonos, armas blancas, y demás artículos prohibidos, a cargo del Grupo de Operaciones Especiales (GOES) del INPE apoyado por las fuerzas integradas.
El INPE dispone inmediatamente el traslado a otro establecimiento penitenciario de aquellos internos que ponen en riesgo la seguridad penitenciaria o atentan contra la integridad del personal penitenciario o policial, o son encontrados en flagrancia delictiva o estén involucrados en la comisión de algún delito, de conformidad con el artículo 112-A del Código de Ejecución Penal.
– El INPE dispone la rotación de los servidores penitenciarios al interior de la institución por necesidad institucional o de servicio, observando lo dispuesto en los artículos 43 y 44 del Decreto Supremo Nº 013-2012-JUS, Reglamento de la Ley Nº 29709, Ley de la Carrera Especial Pública Penitenciaria.
