
La Corte Suprema de Justicia de la República, a través de la Sala Penal Transitoria, confirmó la sentencia que condenó al exgobernador como coautor mediato del homicidio calificado de Ezequiel Dionicio Nolasco Campos, a carcel efectiva.
En la misma resolución, también se confirmó la pena contra otros implicados en el crimen ocurrido en marzo de 2014. Luis Humberto Arroyo Rojas recibió la misma condena que Álvarez Aguilar; mientras que Rubén William Moreno Olivo y Jorge Luis Loloy Valencia fueron sentenciados a 29 años, 3 meses y 12 días de cárcel.
Asimismo, Cristhian Joel Crúzate Pereda, autor material del crimen fue condenado a una pena efectiva de 34 años, 9 meses y 1 día por los delitos de homicidio calificado y lesiones graves.
La Corte Suprema declaró no haber nulidad en la sentencia emitida por la Primera Sala Penal Superior Nacional Transitoria Especializada en Crimen Organizado, ratificando también el pago solidario de S/ 150,000 como reparación civil a favor de los herederos legales de Nolasco.
Crúzate Pereda deberá abonar además S/ 20,000 a favor de Marco Sánchez Ponte por las lesiones graves ocasionadas.
El fallo fue emitido por los magistrados Baca Cabrera, Terrel Crispín, Báscones Gómez Velásquez, Maita Dorregaray y León Velasco, en reemplazo de los jueces supremos Prado Saldarriaga y Vásquez Vargas, quienes se excusaron por impedimento.