El Pleno del Congreso de la República aprobó por amplia mayoría la propuesta de la parlamentaria Norma Yarrow (Renovación Popular) que incorpora al Código Penal el nuevo delito de exposición al peligro por arrojo de residuos sólidos en ríos y quebradas.
“Durante años, los tramos de los ríos del país han sido utilizados de manera ilegal como basureros, interfiriendo con el normal flujo de los cauces y generando graves riesgos para las poblaciones cercanas; así como el daño a la propiedad pública o privada, causando al Estado un gasto adicional”, sostuvo Yarrow.
Agregó que esta situación se agrava frente al Fenómeno El Niño y las lluvias excesivas, poniendo en peligro la vida, la salud y la seguridad de miles de peruanos. Por ello, la nueva norma establece responsabilidad penal directa para quienes realicen estas acciones, en los siguientes términos:
- Artículo 125-A.- Peligro por arrojo indebido de residuos sólidos en cauces naturales
- 125-A.1. El que expone a otras personas a peligro de muerte o de grave e inminente daño a la salud, arrojando residuos sólidos en el cauce, lecho, ribera o faja marginal de un río o quebrada será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años.
- 125-A-2. La pena será no menor de cuatro ni mayor de seis años, si el agente utiliza camiones u otro tipo de maquinaria pesada para arrojar los residuos sólidos, o si, como consecuencia de la conducta, se causa daño a obras de infraestructura pública.
De esta forma se otorga herramientas penales para impedir que sigan destruyendo los ríos y, sobre todo, para evitar que más familias queden expuestas a desastres provocados por la irresponsabilidad de algunos ciudadanos.
