El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) comunicó que desde el lunes 1 de junio entrarán en vigor diversas restricciones electorales en todo el Perú con motivo de la Segunda Elección Presidencial programada para el domingo 7 de junio.
Según lo establecido en el artículo 191 de la Ley Orgánica de Elecciones, desde las 00:00 horas del 1 de junio estará prohibida la publicación o difusión de encuestas y proyecciones relacionadas con los resultados electorales a través de cualquier medio de comunicación.
El incumplimiento de esta disposición puede ser sancionado con multas que van desde 10 hasta 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), lo que equivale a montos entre S/ 55 mil y S/ 550 mil.
Asimismo, desde las 00:00 horas del viernes 5 de junio quedarán prohibidas las reuniones y manifestaciones públicas de carácter político.
La normativa señala que quienes vulneren esta disposición podrían enfrentar penas de prisión de entre tres meses y dos años.
Las restricciones también contemplan la suspensión de toda propaganda política a partir de las 00:00 horas del sábado 6 de junio.
Ese mismo día comenzará a aplicarse la denominada “ley seca”, que prohíbe la venta de bebidas alcohólicas desde las 8:00 de la mañana del sábado hasta las 8:00 de la mañana del lunes 8 de junio.
De acuerdo con la Ley Orgánica de Elecciones, quienes incumplan la prohibición de expendio de bebidas alcohólicas podrán ser sancionados con una pena de cárcel no mayor de seis meses y una multa que asciende a S/ 3,390.
Durante la jornada electoral también estarán prohibidos los espectáculos públicos, tanto en espacios abiertos como cerrados.
Además, no podrán llevarse a cabo reuniones de electores en un radio menor de 100 metros de las mesas de sufragio entre las 7:00 y las 17:00 horas.
El JNE indicó que sus fiscalizadores efectuarán operativos en distintas regiones para garantizar el cumplimiento de las normas electorales.
