
El pleno de la Junta Nacional de Justicia determinó que los testimonios del exasesor Jaime Villanueva no contaban con elementos objetivos de corroboración. La medida alcanza también al jefe de la Autoridad Nacional de Control, Juan Antonio Fernández Jerí.
Un importante giro jurídico en el fuero político-judicial del país. El pleno de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) dispuso, por estricta unanimidad, el archivo definitivo del procedimiento administrativo disciplinario que se seguía en contra de la ex fiscal de la Nación, Liz Patricia Benavides Vargas, y del jefe de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, Juan Antonio Fernández Jerí. Con esta decisión, ambos magistrados quedaron completamente absueltos de los cargos imputados.
A Benavides Vargas se le atribuía la presunta concertación para formular denuncias penales en contra de la fiscal superior Marita Barreto y los agentes policiales del disuelto grupo de apoyo. Asimismo, la tesis investigativa señalaba el supuesto nombramiento irregular de Guillermo Silva Loli en el Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder (Eficop) con el aparente fin de filtrar información privilegiada y apartar a Barreto de sus funciones.
Testimonio de Jaime Villanueva sin corroboración objetiva
Durante la sustentación oficial del informe, el miembro ponente de la JNJ, De la Fuente Parodi, detalló que el sustento principal de las graves imputaciones contra la ex titular del Ministerio Público descansaba casi exclusivamente en las declaraciones del exasesor Jaime Villanueva Barreto.
Sin embargo, el magistrado ponente sostuvo que tras un minucioso análisis legal se concluyó lo siguiente:
- Falta de precisión: El relato del colaborador no describía órdenes directas de carácter ilícito.
- Ausencia de nexo: El testimonio omitía precisar circunstancias concretas de tiempo, modo y lugar que permitieran acreditar de forma fehaciente la supuesta concertación atribuida a los investigados.
- Sin pruebas de respaldo: Los testimonios adicionales recogidos a lo largo del procedimiento carecían de elementos objetivos de corroboración externa.
