La demanda de inconstitucionalidad fue presentada por la Defensoría del Pueblo, recurso al cual se sumaron el Poder Judicial, el Ministerio Público, entre otras instituciones.
El máximo órgano de constitucional señala que la norma es incompatible con estándares internacionales como los de la Convención sobre los Derechos del Niño, destacó el Poder Judicial.
En declaraciones la presidente del TC, Luz Pacheco, explicó que en la resolución se ha tomado en cuenta que los adolescentes siguen siendo personas protegidas por tratados internacionales y por nuestra Constitución en el sentido de que no pueden ser tratados como adultos.
«Por un lado, es verdad que han cometido delitos muy graves y tienen que ser juzgados, (pero) tienen que recibir un tratamiento, una condena proporcional a la edad que tienen y a la responsabilidad que asumen», refirió.
La magistrada reconoció que en la sociedad existe temor de que nunca se van regenerar los adolescentes de 16 y 17 que delinquen, pero consideró que esa visión no es justa porque todas las personas tienen que tener la oportunidad de resocializarse.
Además aclaró que el TC no dice que no se juzgue a un adolescente, sino que «no lo hagan como si fuera un adulto.»
Sobre la situación de los menores de 16 y 17 juzgados bajo la Ley N° 32330, mientras no existía la sentencia del TC, la magistrada aclaró que sus casos tendrán que ser revisados.
