El Poder Ejecutivo modificó el Reglamento de la Ley del Servicio Militar con el objetivo de fortalecer el control sobre la inscripción de los jóvenes en el Registro Militar. La medida fue oficializada este jueves 1 de enero mediante el Decreto Supremo n.o 018-2025-DE.
La nueva disposición establece que todo ciudadano peruano deberá inscribirse en el Registro Militar desde que cumple 17 años y antes de alcanzar los 18. Quienes no realicen el trámite dentro de ese plazo serán considerados “omisos a la inscripción”, condición que conlleva sanciones administrativas y la obligación de regularizar su situación ante las Fuerzas Armadas.
Según la norma, los ciudadanos declarados omisos deberán pagar una multa equivalente al 5 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al momento de la regularización. No obstante, el reglamento contempla la exoneración de dicha multa para aquellos que opten por cumplir con el Servicio Militar Acuartelado dentro de los plazos establecidos por la ley.
La inscripción en el Registro Militar es gratuita y obligatoria. Puede realizarse de manera virtual a través de la plataforma del sector Defensa o de forma presencial en las oficinas de registro del Ejército, la Marina de Guerra o la Fuerza Aérea, presentando únicamente el Documento Nacional de Identidad (DNI).
El registro permite al Estado contar con un padrón actualizado de ciudadanos en edad militar y habilita, además, la posibilidad de postular voluntariamente al Servicio Militar.
La modificación del reglamento también refuerza los beneficios para quienes culminan el Servicio Militar Acuartelado, entre ellos el acceso a capacitaciones técnicas orientadas a mejorar su inserción laboral, especialmente en áreas vinculadas al transporte terrestre y acuático, mediante convenios gestionados por el Ministerio de Defensa.
(J.C.–RSD Noticias)
