La Junta Nacional de Justicia (JNJ) presentó ante el Congreso de la República un proyecto de reforma constitucional que propone modificar el artículo 142 de la Constitución Política del Perú.
La iniciativa tiene como objetivo ampliar la irrevisabilidad judicial de las resoluciones emitidas por la JNJ y establecer un control constitucional excepcional en casos de vulneración de derechos humanos.
Esta propuesta busca fortalecer la autonomía de la JNJ, encargada de garantizar la idoneidad de jueces y fiscales, y reducir la intervención del Poder Judicial en sus decisiones.
¿Qué dice la Constitución actualmente?
El artículo 142 de la Constitución establece que las resoluciones del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) en materia electoral y las de la JNJ en evaluación y ratificación de jueces no son revisables por el Poder Judicial. Esto garantiza la independencia de estos organismos.
¿Qué se plantea?
La modificación propuesta busca que las decisiones de la JNJ sobre nombramientos, evaluaciones, ratificaciones y sanciones disciplinarias de jueces y fiscales queden fuera de la revisión judicial. Sin embargo, se permitirá una revisión excepcional a través de un amparo cuando se evidencie una vulneración de derechos humanos.
El caso de Delia Espinoza
Delia Espinoza fue suspendida por la JNJ en un proceso disciplinario por no acatar la decisión de anular la destitución de la fiscal suprema Patricia Benavides. Además, se le imputó haber instigado a personal para evitar que Benavides asumiera el cargo. El 13 de octubre, el Noveno Juzgado Constitucional de Lima declaró fundada la medida cautelar presentada por Espinoza, suspendiendo su destitución. El Poder Judicial ordenó que Espinoza continuara en su cargo.
El Tribunal Constitucional, sin embargo, desestimó la reposición de Espinoza, suspendiendo los efectos de varias resoluciones de la JNJ entre 2024 y 2025. A día de hoy, Espinoza está inhabilitada para ejercer cargos públicos por 10 años, tras una sanción del Congreso.
El objetivo de la reforma
La reforma también propone modificar el artículo 42 de la Ley N.º 31307 (Nuevo Código Procesal Constitucional), para que las resoluciones de la JNJ solo puedan ser revisadas en casos donde se demuestre una violación de derechos humanos. De esta forma, se busca proteger los derechos fundamentales sin interferir en las funciones autónomas de la JNJ.
El proyecto de reforma se basa en precedentes jurisprudenciales, como la sentencia del Tribunal Constitucional de 2007, que protegió la irrevisabilidad de las decisiones del JNE, a fin de preservar su autonomía.
Impacto de la reforma
Si la reforma es aprobada, las resoluciones de la JNJ relacionadas con nombramientos, evaluaciones, ratificaciones y sanciones disciplinarias no serán revisables por el Poder Judicial, salvo en casos excepcionales de vulneración de derechos humanos. Esta modificación entraría en vigor inmediatamente tras su publicación en el Diario Oficial El Peruano, fortaleciendo la independencia de la JNJ y garantizando la transparencia y calidad del sistema judicial
